Una mirada a las reformas que transforman el panorama vial en Colombia en este 2023


Según el Ministerio de Transporte, el día 14 de julio del año 2022 entró en vigencia la Ley 2251, la cual presenta una nueva realidad para la asistencia de siniestros en casos de choque simple y cambia por completo el contexto vial, ya que los conductores no deberán esperar la intervención de un Agente de Tránsito para el levantamiento del informe policial de tránsito. Teniendo así la responsabilidad las aseguradoras de brindar el acompañamiento a sus clientes con el objetivo de agilizar y evitar interrupciones de movilidad en las vías por choques sin heridos o fallecidos. 

El Ministerio de Transporte también radicó el 5 de enero de 2023 la Ley 2283, la cual establece que todos los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) deben entregar de manera gratuita una póliza de responsabilidad civil extracontractual expedida por una aseguradora, a cada uno de los carros o motos que realicen y aprueben la Revisión Técnico Mecánica (RTM).

El 15 de mayo de 2023, el Ministerio de Transportes informó mediante la circular 20234000000177 a los Centros de Diagnóstico Automotor, la Superintendencia de Transporte, Policía Nacional y otros entes que regulan y controlan organismos de tránsito como el RUNT, la siguiente información: 

  1. Los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) deberán tomar con una compañía aseguradora legalmente establecida en Colombia y con libertad de oferta, el seguro obligatorio individual de responsabilidad civil previsto en el parágrafo del artículo 6 de la Ley 2283 de 2023, que adicionó el parágrafo 2º al artículo 53 de la Ley 769 de 2002. 
  1. El cargo o costo de la póliza establecida en el artículo 6 de la ley 2283 de 2023, no generará recargo o sobrecosto para el propietario (asegurado) del vehículo que cumple la obligación de revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes. 
  1. Las compañías aseguradoras, según lo dispone el parágrafo del artículo 10 de la Ley 2251 de 2022, deberán verificar el accidente mediante la utilización de herramientas técnicas y tecnológicas o cualquier otro medio probatorio, en forma oportuna, segura y que garantice la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta y uso probatorio de la información. 
  1. La Superintendencia de Transporte en el marco de sus facultades y competencias ejercerá la inspección y control sobre las entidades que sean objeto de vigilancia, con el fin de validar que cumplan con las disposiciones enunciadas y sea garante que al usuario le respondan por los derechos que han sido establecidos en las normas reseñadas. 
  1. El incumplimiento o desatención por parte de los obligados a garantizar los derechos establecidos en las leyes 2251 de 2022 y 2283 de 2023, acarreará las sanciones establecidas en las normas vigentes. 
  1. Las anteriores instrucciones constituyen un lineamiento para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 2283 de 2023, sin perjuicio de las competencias que, en materia de seguros, le corresponden al Ministerio de Hacienda y a la Superintendencia Financiera. 

En conclusión, todos y cada uno de los Centros de Diagnóstico Automotor deberán entregar la póliza para así gestionar y simplificar los accidentes de tránsito relacionados con choque simple.

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