
- Qué establece la Resolución 009788 de 2026 de la Superintendencia de Transporte y qué modifica en la Circular Única de Infraestructura y Transporte.
- Para qué sirve el nuevo código QR y cómo conecta a los usuarios con el canal oficial de PQRSDF de la SuperTransporte.
- A qué empresas de transporte público y terminales de pasajeros aplica esta obligación.
La transformación digital también está llegando a los canales de atención del sector transporte. Con la Resolución 009788 de 2026, la Superintendencia de Transporte estableció una nueva obligación para los sujetos vigilados que prestan servicios públicos de transporte y para las terminales de transporte de pasajeros: implementar un código QR que facilite a los usuarios la presentación de PQRSDF.
La medida busca facilitar el acceso de los ciudadanos a canales digitales para presentar Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones, sin necesidad de intermediarios.
¿Qué establece la Resolución 009788 de 2026?
La resolución, expedida el 3 de agosto de 2026, adiciona el artículo 5.2.6 al Capítulo II del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte.
De acuerdo con la nueva disposición, los sujetos vigilados por la Superintendencia de Transporte que operen servicios públicos de transporte en sus diferentes modos, así como las terminales de transporte de pasajeros, deberán implementar canales tecnológicos que permitan a los usuarios acceder directamente a la presentación de PQRSDF.
El principal elemento establecido es un código QR ubicado junto al emblema “Vigilado SuperTransporte”, el cual deberá dirigir al aplicativo web oficial de PQRSDF de la entidad.
¿Para qué sirve el nuevo código QR?
El código QR permitirá que los usuarios puedan acceder de manera directa al canal digital dispuesto por la Superintendencia de Transporte.
Al escanearlo desde un dispositivo móvil, el usuario será dirigido al enlace oficial establecido por la entidad: qr.supertransporte.gov.co
Además, las empresas vigiladas deberán garantizar que el enlace se mantenga funcional e inalterado.
Esto convierte al código QR en un nuevo punto de contacto entre los usuarios del transporte y la autoridad de vigilancia.
¿A quiénes aplica esta nueva obligación?
La Resolución 009788 de 2026 aplica a los sujetos vigilados por la Superintendencia de Transporte que operen servicios públicos de transporte en todos sus modos, así como a las terminales de transporte de pasajeros.
La disposición contempla diferentes ubicaciones dependiendo del tipo de transporte o infraestructura.
